(Cámara de Diputados – Mesa de Entradas Abril 2013) En el mes de abril ingresaron cuatro proyectos de ley a la Cámara de Diputados referidos a la temática de la industria minera.
Es el caso del Expte. Nº 2095-D-2013, de la diputada María Eugenia Bernal (FPV-Jujuy) que busca declarar a la provincia de Jujuy como “Capital Nacional del Litio“.
“Jujuy fue, es y seguirá siendo una provincia minera, mal que le pese al proyecto neoliberal que quiso borrar la minería y el desarrollo autónomo que es uno de los componentes esenciales de nuestro movimiento nacional”, considera la diputada en los fundamentos.
Otro de los textos ingresados es el Expte. Nº 1953-D-2013 del diputado Juan Mario País (FPV-Chubut) que propone modificar el Código de minería sobre daño ambiental.
La iniciativa legislativa se inscribe en la “necesidad” de actualizar el capítulo ambiental del Código de Minería, en consonancia a la nueva legislación ambiental nacional dictada con posterioridad al año 1995, cuando se sancionó la ley 24585, en especial la ley general del ambiente 25675 y la legislación de presupuestos mínimos ambientales.
La actualización responde a la “necesidad de profundizar los mecanismos de participación social y control del estado en esta materia que tiene una innegable potencialidad de degradar el ambiente”.
El mismo autor también presentó el Expte. Nº 1952-D-2013 que propone modificar la Ley 24196, de actividad minera, sobre estabilidad fiscal de los emprendimientos mineros.
Según País, los puntos más controvertidos de la actual “ley de inversiones mineras” son la estabilidad fiscal prolongada, el monto inadecuado de las regalías, y el establecimiento del fondo de prevención especial, por la propia empresa, previsto en el artículo 23° de la citada ley 24196, para todos los cuales propone modificaciones, con la expresa posibilidad que las provincias puedan adherir al nuevo régimen.
Por último, ingresó a Diputados el Expte. Nº 1659-D-2013, de autoría de Griselda Herrera (FPV-La Rioja). La iniciativa modifica el Código de minería en su artículo 9 sobre minas y su dominio.
“Existen todavía hoy en el Código de Minería institutos obsoletos como el de “avío de minas¨ y otros articulados que hacen urgente una revisión total del Código y una reforma actualizada a las circunstancias socioeconómicas, técnicas y científicas; pero el más obsoleto e injusto es el Art. 9 porque está en colisión con el derecho natural al inhibir a las provincias del disfrute o goce pleno de sus bienes”, considera la oficialista.
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