[ARG] Analizan proyecto para regular cobranzas extrajudiciales
Argentina
20 octubre 2016
Los asesores de la Comisión de Derechos y Garantías del Senado retomaron el estudio de un proyecto que busca garantizar el trato digno hacia los consumidores que tengan deudas a cobrar por vía extrajudicial. Se trata de un articulado que cuenta con media sanción de la cámara de origen. El texto continúa en estudio. Se prevé que en el proceso de la segunda lectura el articulado reciba modificaciones y deba volver a Diputados.
• Comisión: Derechos y Garantías (asesores)
• Fecha de reunión: 18 de octubre de 2016
• Proyecto en consideración: Regulando la actividad de cobro extrajudicial respecto de las comunicaciones con el presunto deudor.
Expte. N° 0055-D-2016
• Giros:  Derechos y Garantías
• Resultado del encuentro: seguirá en estudio
• Propuesta presentada por: Juan Cabandié (FPV-PJ).
• Bloques a favor: PJ-FPV
• Bloques en contra: –
El punto central que cuestionaron los asesores fue la definición de “presunto deudor”. Consideraron que con esa figura se habilita a que se insista en la cobranza a personas que pueden no ser deudores.
En la reunión de esta tarde, los asesores del cuerpo que preside Luis Naidenoff (UCR) recibieron a la referentes de la Asociación Argentina de Empresas de Cobranzas y Servicios Jurídicos (ASARCOB), quienes colaboraron en la redacción de la iniciativa que presentó el diputado nacional Juan Cabandié (FPV-PJ).
Los representantes de la asociación que nuclea a empresas dedicadas a cobranzas extrajudiciales (Raúl Geller y Rubén Colombo) manifestaron que ‘presunto deudor’ es una denominación que obedece a que no hay sentencia porque se trata de una relación por fuera del sistema judicial y que, entonces, no puede haber una sentencia que lo acredite contundentemente como deudor.
Otra de las cuestiones que plantearon los asesores, a instancias del senador Juan Irrazabal (PJ-FPV) fue que el expediente es de carácter “general” y debería excluir a las obligaciones tributarias, debido a que la relación no es entre consumidores y empresas, sino entre contribuyentes y el Estado.
Geller indicó que el objeto del articulado es regular la forma en la que se cobra una deuda, más allá de si el acreedor era el Estado o un particular. Aseveró que el espíritu es garantizar el trato digno en la cobranza en todas la relaciones y por lo tanto a los deudores del Estado también.
Por último, desde ASARCOB señalaron que la importancia de establecer el trato digno para las cobranzas también repercute en las entidades adquieren el servicio. Detallaron que el contratante es “solidariamente responsable” del mal obrar del estudio que busca saldar la deuda.
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