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El nuevo Código no despenalizará el aborto
Argentina
7 febrero 2014

(Informe Especial – El aborto en el nuevo Código Penal – 7 de febrero de 2014) El anteproyecto de la reforma del Código Penal, que se estima será entregado a la presidente Cristina Fernández de Kirchner en febrero y se prevé será uno de los grandes temas legislativos del año, no plantea grandes cambios en cuanto a la legislación del aborto.

“En cuanto al aborto, el anteproyecto mantiene los lineamientos generales del delito, incorpora la figura del aborto culposo y declara que no es punible el aborto proveniente de una violación cuando es hecho por un médico. En el Código actual, la redacción que tenía la disposición había dado lugar a interpretaciones diversas por parte de los tribunales, las que se intenta zanjar con la nueva redacción de la figura ”, aseguró el abogado penalista Eduardo Gerome sobre el anteproyecto preparado a pedido de la Presidente por una comisión de juristas encabezada por el ministro de la Corte Suprema, Raúl Zaffaroni, e integrada por el diputado Federico Pinedo (PRO), el ex camarista León Arslanián y los ex diputados Ricardo Gil Lavedra y María Elena Barbagelata.

“Se despenalizará el aborto por violación a cualquier mujer”, apuntó el penalista Juan Carlos García Dietze. Ocurre que el Código aún vigente, redactado en 1921, permitía solamente la interrupción voluntaria del embarazo en caso de que la víctima del ataque hubiera sido una mujer “idiota o demente”.

“Se permite el aborto hasta los tres meses de gestación”, agregó García Dietze, quien insinuó que esto podría generar un gran debate, entre otras cosas, porque hay una limitación normativa: el Pacto de San José de Costa Rica, al que la Argentina se sumó en 1984 y le dio luego jerarquía constitucional, plantea que los Estados deben defender la vida “desde la concepción”.

García Dietze consideró que la única forma de evitar esta posible inconstitucionalidad sería establecer que la concepción no comienza “el día cero, sino a los tres meses”, al tiempo que indicó que una eventual baja en la edad de imputabilidad contradiría la Convención sobre los Derechos del Niño. En ese sentido, Gerome aclaró que “el anteproyecto pone en 18 años la imputabilidad de las personas, ya que el régimen penal de menores se establecerá en una ley especial.

Actualmente, la imputabilidad se encuentra fijada en 16 años con limitaciones y es plena a partir de los 18”. Es decir que, hasta tanto se sancione una ley sobre el régimen penal juvenil, es probable que no haya demasiados cambios al respecto. Tampoco habrá grandes modificaciones en la legislación respecto a la trata de personas.

La principal novedad que introduce el anteproyecto es la eliminación de la cadena perpetua. Además, será menor la pena si se le roba a una persona rica que a una pobre.

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