Ejecutivo publica el Reglamento de la Ley Nacional del Cáncer
30 marzo 2022

PERÚ

El 30 de marzo, el Poder Ejecutivo publicó el Reglamento de la ley Nacional del Cáncer, que tiene como objetivo garantizar la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos. Entre los puntos importantes que aborda la norma destacan la descentralización de la atención de los pacientes oncológicos, la ampliación de la cobertura integral desde el diagnóstico y el uso de mecanismos para obtener nuevos medicamentos. Por su parte, serán estas las entidades, públicas y privadas, las que deberán financiar el tratamiento, de acuerdo con los planes de aseguramiento que tengan los pacientes. El reglamento ya se encuentra en vigencia. 

El reglamento señala que en el caso de que el paciente requiera el uso de medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales (PNUME) o sus listas complementarias, el médico especialista tratante podrá solicitarlos al comité farmacoterapéutico en un plazo no mayor a siete días calendario. Dichos fármacos serán registrados a través del aplicativo informático que establezca la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM).

A su vez, el Ministerio de Salud (Minsa) actualizará cada dos años el listado complementario de estos productos farmacéuticos. Además, elaborará y aprobará documentos normativos que establezcan el umbral de alto costo para el tratamiento de enfermedades oncológicas, en un plazo máximo de 30 días hábiles. Asimismo, el decreto crea el Banco Nacional de Tumores y la Red Nacional de Banco de Tumores, con el objetivo de tener información de investigación biomédica en favor de un mejor diagnóstico y tratamiento.

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