Dictamen para modificar las indemnizaciones y los libros patronales
Argentina
24 octubre 2014

(Cámara de Diputados – Comisión de Legislación del Trabajo – Reunión del 22/10/2014). Tres proyectos de autoría de Héctor Recalde (FPV-PJ-Buenos Aires), Presidente de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados fueron aprobados. Las iniciativas refieren a indemnizaciones y control de los libros patronales.

El Expte. Nº 7216-D-2014 busca que los trabajadores afectados por un despido arbitrario puedan percibir como indemnización un monto mínimo de dos meses de sueldo. La legislación actual establece sólo uno. En la actualidad, el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que en una desvinculación sin causa, debe abonarse un resarcimiento equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicios o fracción mayor a 3 meses, tomando como base la mejor remuneración mensual.

De esta forma, la iniciativa que obtuvo dictamen sin modificaciones busca eliminar los topes indemnizatorios y establecer que la indemnización nunca sea inferior a dos meses de sueldo.

También hubo dictamen para el Expte. Nº 7217-D-2014 que establece: “los rubros remuneratorios que se abonen con periodicidad distinta a la mensual serán incluidos en la base dispuesta en el párrafo primero en la proporción de su devengamiento mensual”, es decir considerado como parte del sueldo para así devengar la indemnización correspondiente.

Con este dictamen, quedan incluidos en la base del cálculo diversos rubros que se abonan con periodicidad distinta a la mensual, tales como el polémico bono anual, que actualmente está en discusión, pero que en la actualidad no se considera como remuneratorio.

Por último, los diputados aprobaron el Expte. Nº 1641-D-2014 para que “a petición de parte, por los órganos jurisdiccionales competentes mediante la designación de veedor, con la sola facultad de comprobar entradas y gastos”, el trabajador tenga el libre acceso a los libros y demás documentación a fin de comprobar las ventas y de las utilidades.

El proyecto otorga al trabajador la posibilidad de delegar la inspección a un representante de la asociación sindical que lo represente, opción que materializa la posibilidad concreta de realizar el control referido. Pero también refuerza la posibilidad de contralor obrera, la nueva norma obliga a los jueces a ordenar la designación de un veedor con el objeto de efectuar la inspección que corresponda al caso.

 

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