Vuelven a prohibir el uso de agroquímicos en parques y reservas naturales
7 mayo 2015

Un senador del Frente para la Victoria volvió a presentar un proyecto que busca prohibir la utilización de agroquímicos hasta 3000 metros a la redonda de las reservas naturales, paisajes protegidos de interés provincial y espacios verdes de interés provincial. El proyecto original fue impulsado por el vicegobernador Gabriel Mariotto, quien junto a un grupo de especialistas en la materia y guardia parques del Parque Pereyra Iraola, delineó los ejes centrales del proyecto tras conocer las problemáticas de salud causadas por el uso de las sustancias tóxicas en la zona.

• Objetivo: prohibiendo la utilización, deposito, tránsito y circulación de agroquímicos por cualquier medio o forma, hasta 3000 metros a la redonda, en zonas protegidas por la legislación vigente.
• Expte. Nº: E 85 2015 – 2016
• Iniciativa presentada por: Emilio Lopez Muntaner
• Bloque: FPV
• Cámara de inicio del trámite legislativo: Senado
• Comisiones a las que fue girado el proyecto: Ambiente y Desarrollo Sostenible; Asuntos Agrarios y Pesca; Asuntos Constitucionales y Acuerdos
• Adhesiones: El proyecto original fue impulsado por el vicegobernador Gabriel Mariotto, quien junto a un grupo de especialistas en la materia y guardia parques del Parque Pereyra Iraola, delineó los ejes centrales del proyecto tras conocer las problemáticas de salud causadas por el uso de las sustancias tóxicas en la zona.
• Probabilidad de sanción: media
• Impacto en el sector: media
• Tiempos políticos: Anteriormente logró aprobación en comisión pero no pudo llegar al recinto.
• Observaciones:
El proyecto, prohíbe la utilización, depósito, tránsito y circulación de agroquímicos por cualquier medio o forma, hasta 3000 metros a la redonda, comprendidos desde los límites exteriores establecidos en el ámbito de las zonas declaradas como “Reservas naturales” (Ley Provincial Nº10.907), “Paisajes Protegidos de Interés Provincial”, y “Espacios Verdes de Interés Provincial” (Ley Nº 12.704). A su vez, la medida regirá para las zonas comprendidas en las Reservas Hídricas (Ley Provincial Nº12.257), tanto aquellas que ya hayan sido promulgadas como tal, como las que los organismos de aplicación o los Municipios así lo consideren.

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