MinSalud establece el procedimiento para la obtención de certificados de buenas prácticas para medicamentos
23 marzo 2022

COLOMBIA

El 11 de marzo el Ministerio de Salud publicó el Decreto 335 que establece el procedimiento para fabricantes de medicamentos biológicos, biotecnológicos y de síntesis química para la obtención de los certificados de cumplimiento de las buenas prácticas de elaboración, laboratorio y manufactura. De esta manera, el ministerio busca establecer los requisitos generales para la solicitud del certificado de cumplimiento de buenas prácticas y establece las normas de vigencia, renovación, ampliación y cancelación del mismo. El decreto entrará en vigor el próximo 30 de junio. 

El decreto indica que los fabricantes de medicamentos y quienes desarrollen alguna de las etapas del proceso productivo de síntesis química, biológicos, biotecnológicos y radiofármacos que se comercialicen en Colombia y deseen la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPIVI) deberán presentar la solicitud y el Documento de Autoevaluación de la Guía de Inspección al INVIMA, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 2619 de 2013

Durante los próximos 15 días tras la recepción de la solicitud de la certificación de buenas prácticas, el INVIMA responderá a la entidad detallando si cumple con los requisitos, y en caso de hacerlo, incluirá a la institución en un cronograma de visitas de Certificación de Buenas Prácticas. El INVIMA podrá realizar convenios de reconocimiento con laboratorios y establecimientos ubicados en el exterior para expedir los certificados de buenas prácticas.

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