Sunat incorpora procedimiento para envíos postales de importación de medicamentos oncológicos
21 octubre 2020

PERÚ

El 17 de octubre la Superintendencia Nacional de Aduanas (Sunat), a través de Resolución N° 000180-2020/SUNAT, aprobó el procedimiento general para “envíos postales transportados por el servicio postal DESPA-PG.13 (versión 3)”. La normativa señala que se podrán importar medicamentos para el tratamiento de enfermedades oncológicas, VIH/SIDA y diabetes por un valor FOB que no exceda los diez mil dólares. La resolución ya está en vigencia.

El documento estipula que las personas interesadas deberán presentar una declaración exclusiva para la importación de dichos medicamentos. Para evitar que estos productos tributen derechos arancelarios y el Impuesto General a las Ventas, los importadores deberán registrar los medicamentos según códigos específicos de la Sunat. Los códigos en cuestión son los siguientes:

  • 4439, para medicamentos para enfermedades oncológicas y VIH/SIDA.
  • 4450, para medicamentos para la diabetes.
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