Ejecutivo emite reglamento para entrega de medicamentos para pacientes crónicos y los incluye en envíos aduaneros de entrega rápida  
29 julio 2020

PERÚ

El 21 de julio, el Ministerio de Salud (Minsa) a través de Resolución N° 507-2020-MINSA, aprobó los criterios técnicos para la entrega de medicamentos, otros productos farmacéuticos y dispositivos médicos para pacientes crónicos. Asimismo, el Minsa aprobó la Directiva Sanitaria para el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades no transmisibles en el contexto de la pandemia por COVID-19. 

En los criterios técnicos, el Ejecutivo estipula que la entrega de medicamentos se realizará a pacientes procedentes de los Institutos Especializados y hospitales Nacionales y Regionales que serán atendidos por el Primer Nivel de Atención, mediante el programa “Llegando a ti”.

A su vez, el Minsa por medio de la Directiva Sanitaria le otorgó a la receta electrónica un valor legal para que pueda ser utilizada en farmacias y ante las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud.

Por otro lado, el Poder Ejecutivo incluyó en el Reglamento del régimen aduanero especial de envíos de entrega rápida los medicamentos para el tratamiento de enfermedades oncológicas, VIH/SIDA y diabetes. 

En el mismo se establece que los medicamentos que se encuentren bajo la subpartida nacional 9809.00.00.40 cuyo valor FOB no exceda de diez mil dólares deberán ser importadas por la persona en tratamiento y contar con la autorización excepcional de importación de la Autoridad Nacional en Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios.

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