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Los puntos salientes del nuevo Código Penal
Argentina
21 febrero 2014

(Informe especial – anteproyecto del Código Penal – 21 de febrero de 2014) El anteproyecto del Código Penal que le fue entregado a la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner por una comisión de juristas implicará, en caso de aprobarse, numerosas modificaciones respecto del cuerpo normativo vigente actualmente. En general, la orientación del texto conllevará un relajamiento o disminución de las penas. Y hay varias polémicas. Cuáles serán los principales cambios.

Penas: La eliminación de la cadena perpetua es, quizá, la mayor novedad que registraría la nueva normativa. Así, las penas máximas establecidas serán de hasta 30 años de reclusión y se buscarán “sanciones de reemplazo” a la cárcel. Además, se eliminarán las figuras de la peligrosidad y reinicidencia, aunque con la disidencia de uno de los integrantes de la comisión redactora, el diputado Federico Pinedo (PRO-CABA), quien propuso ver la reincidencia como un agravante.

Aborto: A pesar de ser una de los asuntos más debatidos y controvertidos, o justamente por ello, el anteproyecto no plantea grandes cambios en su legislación. No obstante, una de las principales modificaciones se refiere a la despenalización del aborto -hasta los tres meses de gestación y siempre que sea hecha por un médico- por violación a cualquier mujer, y ya no sólo a la “idiota o demente”, tal como figura en el Código actual. Por lo demás, mantiene los lineamientos generales del delito e incorpora la figura del aborto culposo.

Prisión para periodistas: Uno de los temas que seguramente mayor debate generará es la puerta abierta a penalizar a los periodistas que publiquen “papeles privados” o realicen cámaras ocultas en las investigaciones. Las sanciones son de hasta tres años de prisión. “Será reprimido con prisión de 6 meses a 3 años, multa de 10 a 150 días e inhabilitación de 1 a 4 años el que, hallándose en posesión de un instrumento, registro o contenidos a que se refieren los artículos precedentes, lo comunicare, publicare o lo hiciere publicar, indebidamente”, sostiene el inciso 1 del artículo 121 del anteproyecto. El polémico artículo reemplazaría al 155 del Código vigente, que establecía únicamente penas económicas para esas acciones, que de prosperar el nuevo texto, podrán ser sancionadas con prisión.

Estupefacientes: Otra cuestión que podría debatirse es la posible despenalización del consumo de marihuana, dado que el nuevo Código Penal propone cambios en ese sentido. De aprobarse tal como fue presentado, será castigado el tráfico, el suministro, la prescripción ilegal, y todo lo que se relaciona con el consumo será libre. El secretario de Seguridad, Sergio Berni, fue más allá y planteó su acuerdo con una despenalización más amplia: “Yo estaría de acuerdo si se despenaliza toda la cadena, desde la producción hasta el consumo”.

Edad de imputabilidad: El anteproyecto pone en 18 años la imputabilidad de las personas, ya que el régimen penal de menores se establecerá en una ley especial. Esa ley actualmente fija esa edad en el piso de 16 años, aunque con limitaciones, y hace las penas de pleno cumplimiento a partir de los 18.

Recursos naturales: Por primera vez , el Código Penal incorporará orgánicamente los delitos contra el medio ambiente. Por ejemplo, el delito de contaminación se cometería “sin importar si los daños son reversibles o irreversibles” y excederán los daños a salud humana, ya que se incorporarán la polución de agua, aire y tierra. Si bien las penas por contaminación van desde los tres a los ocho años de prisión, el nuevo cuerpo normativo prevé agravantes.

A su vez, si el daño generara muerte o lesiones gravísimas, las sanciones incluyen cárcel de hasta 30 años, es decir, el máximo que contempla el anteproyecto, el cual elimina la cadena perpetua. A su vez, el artículo 208 del anteproyecto que recibió la Presidenta prevé prisión de seis meses hasta tres años a quien “extrajera o utilizare ejemplares (de flora silvestre o acuática) en cantidad no autorizada”. Las sanciones también se extienden para quien, “sin autorización, tale bosques o tierras forestales” para fines distintos del uso doméstico.

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