Economía debatirá en lo particular ley que regula la libre competencia
Chile
15 mayo 2015

La Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el proyecto que sanciona las conductas desleales, la fijación de precios por convenio, y los acuerdos entre empresas, que resulten perjudiciales para la economía del país. Durante la sesión los legisladores recibieron a la Corporación Nacional de Consumidores, a la de Libre Competencia del Colegio de Abogados y a la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC) para escuchar sus opiniones acerca de la iniciativa.

Comisión: Economía
Fecha de reunión: 11 y 12 de mayo de 2015.
Proyecto en consideración: Modifica el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Expte. Nº: 9950-03.
Giros: Ninguno.
Resultado del encuentro: Aprobado por 12 votos a favor y ninguno en contra.
Propuesta presentada por: Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Ministerio de Hacienda y Ministerio de Justicia.
Bloques a favor: Partido Unión Demócrata e Independiente, Por la Democracia, Demócrata Cristiano, Renovación Nacional, Socialista y Radical Social Demócrata.
Bloques en contra: Ninguno.
Próxima instancia de debate: Sigue en la comisión para ser analizada desde lo particular.
Tiempos políticos: Se espera su aprobación antes de fin de año.
Observaciones:  El representante de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Christian Acuña manifestó su apoyo al proyecto, pero recalcó la necesidad de analizar la extensión de las multas a quienes infrinjan la ley “procuremos que se generen de manera efectiva”. Además, sugirió que las mismas se limiten al país infractor y no a los demás países donde existan sucursales de la compañía.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Libre Competencia del Colegio de Abogados, Julio Pellegrini, mencionó que en materia de colusión es necesario sancionar, “pero la sanción debe cumplir con un doble objetivo, sancionar e impedir que se realicen nuevas conductas, no solo debe aplicarse a las empresas, sino que también a las personas jurídicas y naturales”, aseguró.

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