(Cámara de Senadores – Comisión de Trabajo Y Previsión Social – Balance 2014 – 30 de enero de 2015) La comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Senadores dictaminó 29 proyectos de ley, varios de ellos provenientes de Diputados, que fueron modificados. Los despachos fueron en relación a licencias, beneficios para concubinos, controles de personal e indemnizaciones, entre otros.
La comisión, presidida por María de los Angeles Higonet (Partido Justicialista La Pampa-La Pampa), realizó varias modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo. Entre ellas, un proyecto –Expte Nº 3449-S-2014– de su autoría que sustituye Art. 276 de respecto de la tasa de interés aplicable para la actualización de las deudas de origen laboral, fue uno de los primeros en obtener dictamen.
Luego, proveniente de Diputados, los senadores avalaron el Expte. 1138-D-2012, de Héctor Recalde (FPV-PJ-Buenos Aires) que impulsa la modificación del Art. 71 de la Ley de Contrato de Trabajo, estableciendo la obligatoriedad de poner en conocimiento del trabajador los sistemas de controles personales. Los senadores modificaron el proyecto en términos para que sea redactado en términos plurales, por lo que regresó a Diputados.
El tercer proyecto dictaminado fue el Expte. 0833-D-2012, de Juan Pais (FPV-PJ-Chubut) que impulsa sustituir el Art. 235 de esa ley sobre notificación y prueba del preaviso. El objetivo es evitar que el trabajador, para cobrar, tenga que firmar el preaviso y que no se lo pague. En este caso también fue modificado para que se incluya el término de “notario” y fue girado nuevamente a Diputados para la revisión de cambios.
Otro proyecto de Recalde –Expte. 1124-D-2012-, que solicita incorporar al Art. 68 bis sobre la validez de suspensiones disciplinarias anteriores, donde transcurridos doce meses de la aplicación de una sanción disciplinaria, no se la podrá tener en cuenta a ningún efecto. El dictamen fue modificado en torno a la sanción por suspensión y volvió a Diputados.
También hubo dictamen para el Expte. Nº 1136-D-2012, de Recalde, que establece que, en el caso de cierre del establecimiento por vacaciones, por un período superior al tiempo de licencia que pueda corresponderle al trabajador, éste tendrá derecho a percibir todo el sueldo durante el cierre.
Luego fue el turno de una iniciativa de la oficialista Sigrid Kunath (FPV-Entre Ríos) –Expte. Nº 2694-S-2014– unificado con el Expte. Nº 1088-S-2014 del senador Pablo Gonzalez (FPV-PJ – Santa Cruz), que modifica los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la actual ley laboral, para que los concubinos sean beneficiarios de los reintegros de medicamentos, gastos de sepelio y días de licencia por muerte de cónyuge. También prevé que los convivientes que trabajen con el mismo empleador, se les deberán otorgar las vacaciones en forma conjunta y simultánea. Asimismo rechaza la causal de despido por unión convivencial y, en caso de indemnización por muerte, el concubino queda habilitado para percibir la misma. Asimismo, el proyecto estipula que los créditos laborales también se transmiten a los convivientes.
En la misma línea, fue aprobada otra iniciativa –Expte. N°1186-S-2014, del oficialista González, que pretende equiparar las condiciones de la conviviente y la viuda del trabajador fallecido, permitiéndole cobrar la indemnización pertinente, a través de la modificación del art. 248 de la Ley N°20.744 -Ley de Contrato de Trabajo-.
Respecto de las licencias, esta Comisión despachó el Expte. Nº 1362-S-2014 de la senadora Beatriz Rojkes de Alperovich (FPV-PJ-Tucumán) acerca de las licencias familiares ante la enfermedad de algún individuo del grupo familiar, respecto de los días de viaje que necesitan aquellos que deben trasladarse de un punto a otro, que les requiere mayor cantidad de días de licencia. El proyecto establece “hasta dos días corridos con un máximo de 10 días por año calendario”.
Hubo otro proyecto sobre modificación de licencias que recibió el dictamen de esta Comisión: el Expte. Nº 1723-S-2013, de la senadora Graciela Di Perna (Fte. por la Integración-Chubut) fue aprobado con modificaciones para extender la licencia en caso de enfermedad de cónyuge o matrimonio o de hijos o de padres a cargo, por 10 días y en caso de que sea necesario el traslado fuera de la Provincia, hasta 10 días.
Los senadores que integran la Comisión también emitieron dictamen para distintas iniciativas promovidas por el Ejecutivo. Por un lado el proyecto –Expte Nº 148-PE-2014– para establecer la segunda etapa del plan de inclusión previsional para autónomos y monotributistas que, habiendo cumplido la edad jubilatoria -o cumpliéndola en los dos años de vigencia de esta norma-, tengan que regularizar aportes hasta diciembre del 2003, ya que el plan anterior regía hasta 1993.
Por otro lado la iniciativa que establece el Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado (Expte. Nº 0061-PE-2014) que tiene como objetivo beneficiar a 290.000 microempleadores para lograr la registración de 650 mil puestos de trabajo en dos años.
Un terce proyecto impulsado por el Poder Ejecutiivo que recibió dictamen de la comisión fue el proyecto –Expte. Nº 0101-PE-2013– que impulsa la modificación del artículo 5º del capítulo 2 del Anexo II sobre Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales Pacto Federal de Trabajo. El mismo contempla, en el caso de las infracciones leves, multas que van desde el 25 al 150 por ciento del valor mensual del salario mínimo, vital y móvil; mientras que las infracciones graves van del 30 al 200 por ciento; y, las muy graves, del 50 al 2000 por ciento.
Los integrantes de la Comisión avalaron el proyecto –Expte. N° 1324-D-2013– proveniente de Diputados, que establece los beneficiarios que perciben la indemnización por muerte del trabajador. El proyecto detalla que “mediante la sola acreditación del vínculo, en el orden y prelación allí establecido, tendrán derecho a percibir una indemnización igual a la prevista en el artículo 247 de la ley; y, en caso de corresponder, las remuneraciones devengadas y no percibidas por el trabajador, el sueldo anual complementario proporcional y el seguro de vida obligatorio en el caso que no hubiere beneficiario designado”.
Por último, iniciado en Senado, la Comisión despachó el proyecto –Expte. Nº 4140-S-2013– de Higonet que crea un Estatuto para los trabajadores de Call Centers en el sector privado. El texto establece que la jornada de trabajo “íntegramente nocturna no podrá exceder de 5 horas y 30 minutos, entendiéndose por tal la que se cumpla entre la hora veintiuna de un día y la hora seis del siguiente”. Con respecto a licencia por exámenes, dispone que “el teleoperador gozará de 2 días corridos por examen, con un máximo de veinte 20 días por año calendario”, entre otros beneficios.