Avanza la regulación de la profesión de acompañantes terapéuticos
Argentina
18 diciembre 2014

(Cámara de Senadores – Sesión del 17/12/2014). Los senadores nacionales dieron media sanción al proyecto que regula el ejercicio de la Actividad de Acompañantes Terapéuticos. Ahora será girado a Diputados para su estudio.

El proyecto –Expte. Nº 0444-S-2014– del senador Daniel Pérsico (FPV-PJ-San Luis)  que recibió media sanción busca crear un marco legal para estos especialistas, permitiendo que los médicos puedan prescribir su asistencia a personas que lo necesiten. Además, los acompañantes deberán  ser mayor de edad, no poseer antecedentes penales y contar con título terciario o universitario de acompañante terapéutico, expedido o revalidado en la República Argentina.

Durante la sesión, el senador “Celebro que hoy estemos tratando este proyecto de ley cuya iniciativa es propia” y justificó la importancia de los Acompañantes Terapéuticos (AT) que “son agentes de salud que actúan como soporte cotidiano de personas que se encuentran en alguna de las fases de tratamiento, rehabilitación y/o reinserción social ante padecimientos de salud”.

Pérsico agregó que “Tienen que contener y sostener al paciente en sus angustias, ansiedades y otros estados de manifestación aguda. Amparan al paciente en su desvalimiento, en su desesperanza e incluso en momentos de equilibrio” y concluyó que el objetivo es determinar el marco legal en el que debe desarrollarse la labor del acompañante terapéutico, lo reconoce como auxiliar de la medicina, “lo incorporamos en la ley del arte de curar, los incorporamos al Plan Médico Obligatorio y también, por este medio reconocemos el valioso aporte que realiza al sistema sanitario, al cuidado de la salud y a la comunidad, mejorando la calidad de vida de los pacientes”.

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