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Prohibición de uso de bolsas plásticas con media sanción en Corrientes
14 noviembre 2014

(Cámara de Senadores, Sesión del 6 de noviembre de 2014) El Senado correntino otorgó media sanción al proyecto de ley de autoría de las Senadoras María Inés Fagetti (FpV) y María Isabel Brouchoud (PL) por el que se prohíbe el uso de Bolsas Plásticas en la Provincia de Corrientes (Expte. Nº 5208).

La iniciativa prohíbe la entrega de bolsas de plástico, en todos los comercios de la provincia de Corrientes. Éstas deberán ser sustituidas gradualmente, según el cronograma que determine la reglamentación en base a los niveles de facturación de los distintos comercios, hasta su completo reemplazo en el plazo perentorio e improrrogable de doce meses.

Serán reemplazadas por bolsas de papel y/o cartón; y/o cualquier otro material altamente biodegradable o reciclable. Para este fin, los supermercados, hipermercados y autoservicios deberán contar en sus líneas de cajas con suficiente oferta de bolsas reutilizables disponibles a la venta a precios razonables.

Asimismo, establece que el Poder Ejecutivo deberá establecer regímenes de promoción o incentivo a pequeños comerciantes que sustituyan las las bolsas plásticas por materiales fácilmente degradables, antes del plazo establecido.

Finalizado el plazo de transición, los comercios que despachen sus productos en bolsas plásticas serán sancionados con multas y/o eventualmente con la clausura del local, de acuerdo al régimen de sanciones y penalidades que reglamentariamente fijará el Poder Ejecutivo.

Durante el tiempo de cambio de sistema o plazo de transición, se cobrará un importe en pesos que determine reglamentariamente el Poder Ejecutivo provincial, en concepto de recargo en las compras, por cada bolsa de plástico que el usuario ocupe. Las sumas de dinero que por este concepto se recauden serán destinadas a las campañas publicitarias de concientización que propendan a la eliminación de este tipo de envases.

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